ASOCIACIÓN ANTIGUOS ALUMNOS REDENTORISTAS Y CORO SAN ALFONSO
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Proyecto: La llegada de los Redentoristas a Granada   por la profesora Magdalena Guerrero

LOS REDENTORISTAS EN GRANADA. 1879.

 

    Trabajando en el Archivo Histórico Diocesano de Granada, en el que hay abundante y variada documentación, hemos encontrado un expediente[1] sobre el restablecimiento de la Congregación de Reverendos Padres Redentoristas en Granada en 1879.

    Con este motivo el Arzobispo Don Bienvenido Monzón les concedió la iglesia de San Juan de los Reyes, que ocuparon junto con otras dependencias anejas que alquiló Don José de Toledo a Don Juan Ramón Lachica que era el propietario, con el objeto de que en ellas viviera la Orden. Pero tanto la iglesia como la casa estaban en un estado lamentable de conservación y tuvieron los Redentoristas que habilitarlas, invirtiendo la cantidad de 140.000 reales. El artesonado mudéjar estaba deteriorado, dejando pasar el agua, igual sucedía con el arco toral y las capillas.

    Las obras se terminaron en 1883 y la iglesia fue declarada monumento nacional por Real Orden de 5 de junio de ese año. A los pocos meses, el terremoto del día de navidad de 1884 y el del día de los Reyes de 1885 causaron daños en la iglesia y edificios adyacentes, con hundimiento parcial de la nave central y la aparición de grietas en la fachada.

    En 1913 los Padres de la Congregación abandonaron la iglesia de San Juan de los Reyes y vendieron las dependencias anejas a las monjas de la Presentación, pasando en 1918 a celebrar en la nueva iglesia redentorista que hasta entonces había sido San Felipe Neri.

 

Fundaciones en Granada en la segunda mitad del siglo XIX.

  Desde 1865 era Arzobispo de Granada Don Bienvenido Mozón y Puente. Su labor pastoral estuvo en buen parte aplicada a la predicación. Durante su pontificado dispuso que se dieran repetidas misiones parroquiales, llevaban los párrocos a falta de misioneros regulares y confesores extraordinarios.

    La iglesia granadina del último tercio del siglo XIX se caracteriza por un decidido espíritu de renovación, del que forman parte una serie de fundaciones:

-Asociaciones de seglares: la Asociación de Católicos.

-Instituciones benéficas y de asistencia: Asilo de Huérfanos de San José, Hospital para sacerdotes, Hospital Asilo de San Rafael.

-Implantación de nuevas congregaciones fundadas en ese periodo o restablecimiento de algunas antiguas, algunas de vieja tradición granadina: Religiosas de Cristo Rey, Adoratrices, Orden Hospitalaria de San Juan de Dios, Hermanas de la Presentación de Nuestra Señora, Instituto de Siervas de María, Hermanas Mercedarias de la Caridad, Compañía de Jesús, Redentoristas, etc.

 Los Redentoristas.

    Alfonso María de Liguori funda la Congregación del Santísimo Redentor en el año 1731 en Scala (Napoles), con el objeto de anunciar el Evangelio a los pobres, mediante misiones populares. Se inspira en el texto de San Lucas 4, 18: Me envió a anunciar la Buena Noticia a los pobres. A partir de la ciudad italiana se extiende la orden por los países del centro de Europa y América.

    En 1826 los Redentoristas centroeuropeos fundan una comunidad con al objeto de atender a los religiosos alemanes y austriacos que estaban ejerciendo su labor en Lisboa; y desde allí, en 1830, se muestran las intenciones de fundar en España. Tras varios intentos frustrados, en 1863 se constituyen en comunidad, y el 29 de junio de 1864 nace la primera congregación redentorista en España, en Huete, provincia de Cuenca.

    En estos años, la comunidad va creciendo y se plantean hacer nuevas fundaciones, alguna de ellas en Andalucía. En Granada vivía el esclarecido patricio Don José Toledo Muñoz, gran amigo y admirador de la labor de los Redentoristas que ofreció su casa paterna en Alhama de Granada para que allí tuviera lugar una fundación. Con tal motivo se trasladó desde Huete el padre Victyor Loyodice, acompañado de otros sacerdotes, que tras salvar muchas dificultades llegan a Alhama el 21 de enero de 1867. En esta ciudad, toman posesión de la iglesia del Carmen, predicando una misión al mes siguiente, con gran éxito.

    Pero la prosperidad dura poco, porque en septiembre de 1868 estalla la Revolución y se decreta la extinción de las comunidades religiosas, conminando a los Redentoristas a abandonar el convento de Alhama y abstenerse de celebrar todo culto. La realidad es que no se ordenó paralizar las misiones, pero los padres y hermanos tuvieron que dispersarse. El padre Loyodice quedó en Madrid y posteriormente en San Nicolás del Puerto en Francia.

     A los seis años de produce la Restauración de la monarquía y la llegada al trono de Alfonso XII, con lo que se abren nuevos tiempos para las fundaciones religiosas en España. Hasta entonces los Redentoristas españoles habían dependido de Italia, pero a partir de entonces pasan a depender del Provincial de Francia. Desde antes de 1879 se venían plantean realizar una serie de fundaciones, en España, entre ellas la que se podía hacer en Granada, ya que Don José de Toledo se había interesado en gestionar ante el Padre General, que los Redentoristas volvieran a esta ciudad.

    A pesar de que los Superiores de la Orden no veían con buenos ojos las fundaciones en Andalucía, los Padres Loyodice y Acevedo habían expueston como Don José de Toledo les había tendido la mano anteriormente, y ahora no podían defraudarlo; y ofreciéndose el primero como Superior, se tuvo en cuenta la posible fundación granadina.

 

Fundación en Granada.

    Informes y gestiones en Madrid para la fundación.

     Desde Madrid, el Secretario de Ministerio de Gracia y Justicia consulta a Bienvenido Monzón, Arzobispo de Granada, el 5 de septiembre de 1878, para que emita un informe sobre la petición del Padre Loyodice de establecer en esta ciudad una Congregación de Misioneros del Santísimo Redentor. A lo que contesta Monzón, el 14 del mismo mes, que en esas fechas estaba en Alhama de Aragón, exponiendo:

  • Como la Congregación se fundó y se extendió por España venturosamente.
  • Como contribuyó a conservar la santa doctrina y evangelización de los pueblos por medio de las santas misiones.
  • Como establecidos los Redentoristas en España, trabajaron con gran celo en la santificación de las almas y prestaron grandísimos servicios en el orden religioso, moral y social en este Arzobispado.
  • Como habiendo aumentado la propaganda de funestísimos errores y doctrinas aversivas de todo orden religioso, político y social, principalmente en Andalucía, es más necesaria que nunca la instalación de esta y otras Congregaciones religiosas que con la continua predicación de su palabra y su ejemplo, neutralicen y contengan las fatales corrientes del mal y sometan a los pueblos extraviados al suave yugo de la ley de Cristo.
  • Que, conociéndose la gravísima y urgente necesidad que tiene la Archidiócesis, de estos celosos operarios evangélicos, cree conveniente que se instalen cuanto antes en la ciudad archiepiscopal de Granada.

    El Arzobispo añade que al efecto, piensa cederles la iglesia de San Juan de los Reyes, cita en la demarcación parroquial de San Pedro y San Pablo, en razón a que el muy noble y muy religioso caballero granadino Don José de Toledo ha prometido ceder para la habitación de los Padres, el usufructo de unas casa de su propiedad adosadas a la referida iglesia.

     Por todo lo cual informa favorablemente y pide que se recomiende para inclinar el Real Animo y Piadoso Corazón.

    En pocos días, el 2 de diciembre, desde el Ministerio de Gracia y Justicia se comunica que teniendo en cuenta los favorables informes que ha emitido el Sr. Arzobispo, como también lo ha hecho el Gobernador de la provincia; que por parte de la potestad civil no hay inconveniente ninguno en que los Religiosos Redentoristas residan en comunidad, en la capital granadina, viviendo con arreglo a las Constituciones y prácticas de su Instituto, sin gravamen para el Estado. El día 11 de enero de 1879 se transmite la noticia al Arzobispo Monzón.

Concesión del Arzobispo Bienvenido Monzón.

    El 20 de junio, Monzón toma cartas taxativamente en el asunto. La noticia aparece certificada por su secretario Antonio Sánchez Arce.

     Se expone como:

-Según la Real Orden del Ministerio de Gracia y Justicia, en la que el Rey acogiendo benignamente la instancia presentada por el Reverendo Padre Victor Loyodice, de la referida congregación, en solicitud de que se le autorice para establecer y fundar en Granada una casa de su Instituto;

-Teniendo en cuenta los informes altamente favorables del Arzobispado y del gobierno superior civil de la provincia;

-Vista la instancia que ha presentado el Muy Reverendo Padre Visitador de la referida Congregación, autorizado legítimamente y encargando por el Reverendísimo Padre Superior General de la misma.

-Considerando la gravísima y urgente necesidad que tiene nuestra Archidiócesis de Congregaciones religiosas y operarios evangélicos que se dediquen con asiduidad y caritativo celo a instruir y moralizar a los pueblos por medio de misiones, catecismos, administración de sacramentos y otros ministerios apostólicos en que por Regla se ejercitan constantemente los Padres Redentoristas donde quiera que están establecidos.

-Considerando la grandísima utilidad y provecho espiritual que ha de reportar a los fieles de esta ciudad y Arzobispado en general y los de la parroquia de San Pedro y San Pablo y sus barrios adyacentes en particular, de la pronta instalación de los denominados Padres Redentoristas en la referida Iglesia.

-Considerando que la sobredicha iglesia de San Juan de los Reyes pertenece de lleno a nuestra jurisdicción ordinaria y desde que fue suprimida canónicamente su antigua parroquialidad, no ha conservado ni conserva el carácter y denominación de parroquia ni de ayuda de parroquia, ni tiene destino alguno especial incompatible con la fundación de que se trata.

-Considerando que en el informe que se nos pidió de orden de Su Majestad el Rey, y evacuamos favorablemente para la instalación de dichos Padres Redentoristas en esta capital, manifestamos y prometimos formalmente que le cederíamos para ello, el uso perpetuo, libre e independiente de la referida iglesia.

    En vista y consideración de todo y habiendo oído a nuestro fiscal eclesiástico y queriendo da un nuevo testimonio de gratitud, amor y especial benevolencia hacia la Congregación de Misioneros del Santísimo Redentor, declaramos:

  1. Que en uso de Nuestra Autoridad y jurisdicción ordinaria… damos y concedemos Nuestro consentimiento y licencia, cuanto se requiere y ha lugar el Derecho, para que la susodicha Congregación del Santísimo Redentor se instale canónicamente en esta capital y abra en ella una Casa de su Instituto donde vivan sus individuos, en perfecta comunidad conforme a sus Reglas y Constituciones, con las aserciones y privilegios que por ellos y por Derecho les correspondan y con todas las obligaciones y cargas que les imponen  en las mismas y muy especialmente la de dar misiones por los pueblos y parroquias de esta Arzobispado.
  2. Damos y concedemos en Nuestro Nombre y en el de Nuestros Asesores a la Referida Congregación del Santísimo Redentor el uso perpetuo y libre de la nominada antigua iglesia de San Juan de los Reyes con su sacristía y habitaciones adyacentes, y con los altares, retablos, imágenes, alhajas, ornamentos y vasos sagrados y con todo cuanto ha pertenecido y pertenece al ornato, culto y servicio de la misma… para que en dicha iglesia y sacristía puedan ejercitar y ejerciten con la libertad e independencia que exigen sus Reglas, todos y cada uno de los actos del culto y funciones sagradas de su ministerio apostólico, con excepción y prohibición absoluta de ejercitar jamás, sin Nuestra Licencia y la del párroco, las que según Derecho…
  3. Que los referidos Padres Redentoristas  y diligencia han de procurar con todo esmero el mayor culto, aseo y limpieza de la referida iglesia y de su sacristía y habitaciones adyacentes, así como de todos los objetos pertenecientes a la misma, esto sin perjuicio de que puedan hacer o hagan las mejoras y modificaciones accidentales que sean necesarias para el buen servicio de la iglesia y de los fieles y para el mejor desempeño de sus ministros apostólicos.
  4. Que si los Padres Redentoristas dejasen la iglesia por su propia voluntad y conveniencia, la devolverán al Prelado, o a la persona que éste designare con todos los objetos que recibieron o mejoras que hubieren hecho en los mismos, y entregaran además todos aquellos objetos que hubieren donado los fieles para el culto y ornato de la iglesia y de las sagradas imágenes que hay en ella, pero no los hubiesen regalado expresamente a la comunidad o ella hubiese adquirido con su propio peculio. Y en estos mimos términos harán entrega al Prelado, de la iglesia y de todos los objetos indicados, si desgraciadamente tuviesen que dejarla por la revolución o por la fuerza; pero en este caso y sólo en el, conservaran el derecho de volver a ella por espacio de dos años, pasados los cuales, perderán este derecho, a no ser el Prelado se les concediere de nuevo.
  5. Que para cumplir y ejecutar debidamente cuanto dejamos dispuesto en los artículos anteriores, antes de la instalación o inauguración de la casa y comunidad religiosa arriba mencionada, Nuestro infrascrito Secretario de Cámara y Gobierno, convocará y reunirá en la sacristía de San Juan de los Reyes, al párroco de San Pedro, al capellán encargado de dicha iglesia y a los Padres Redentoristas que vengan a instalarse en ella, y por ante el Notario Eclesiástico que de fe y levante Acta de todo; les notificará e intimará  el presente Decreto y procederá enseguida, en Nuestro Nombre y representación a hacer entrega formal a los Reverendos Padres Redentoristas de la iglesia, sacristía y habitaciones adyacentes a la misma y de todos los objetos que se especifican en el artículo, bajo Inventario detallado y exacto, que firmado por los presentes y con el RECIBI  de los Padres, se unirá un ejemplar al expediente arriba mencionado, y otro conservaran los Padres para su resguardo.

Del presente decreto se dará testimonio fehaciente al párroco de San Pedro y al Superior de los Padres Redentoristas, para que ambos custodien en sus Archivos respectivos.

 

Actuación del Visitador de la Orden de los Redentoristas.

    El Visitador de la Orden expone el 19 de junio, como Don José Toledo había ofrecido a los Padres Redentoristas una casa que había prometido ensanchar, para que se estableciera en ella la comunidad, a lo que se había unido que Monzón había ofrecido la iglesia histórica de San Juan de los Reyes para ejercer en ella el ministerio apostólico según el tenor de la Regla.

    En consecuencia, legítimamente encargado por el Reverendísimo Padre General de las fundaciones en España, se dirige al Sr. Arzobispo, para que se digne asegurar el uso perpetuo y libre de dicha iglesia, extendiéndose una escritura pública en que estén presentes las leyes existentes y en la que conste:

1) Tener el uso perpetuo, libre e independiente de la iglesia de San Juan de los Reyes.

2) Ejercer en ella el santo ministerio redentorista, según la Regla de la Orden.

3) En caso de que algún acontecimiento violento fuerce a los Redentoristas a salir de la ciudad, se les reconozca del derecho a volver a dicha iglesia por espacio de dos años, después de pasada la amenaza de violencia.

4) El derecho a hacer en la iglesia, las pequeñas mudanzas que fueren necesarias para ejercer el santo ministerio.

5)En caso de que hubiere abandono voluntario o forzado de la iglesia, ésta se entregaría en el estado en que se encontrara en ese momento.

 

Acto de entrega de la iglesia de San Juan de los Reyes a la congregación de los Reverendos Padres Redentoristas.

    A los pocos días, el 27 de junio de 1879, previa convocatoria al efecto y en cumplimiento de lo mandado por Don Bienvenido Monzón, arzobispo de la diócesis, según su decreto de 20 del mismo mes, se reunieron en el local de la sacristía de la iglesia de San Juan de los Reyes:

-El Ilmo. Sr. Doctor don Antonio Sánchez Arce, Presbítero, Canónigo Dignidad de Arcipreste de la santa iglesia catedral metropolitana, Prelado domestico de Su Santidad, Secretario de Cámara y Gobierno de S.E.I. y su Delegado especial para el presente acto.

-El Reverendo Padre Victor Loyodice, Superior de la Congregación de Misioneros de Santísimo Redentor.

-El licenciado Don José Ibáñez e Ibáñez, presbítero, cura propio de la parroquia de san Pedro y San Pablo, en cuya feligresía radica la nominada iglesia de San Juan de los Reyes.

-Don José María Ayala, presbítero, beneficiado de la Stª iglesia catedral y capellán encargado de aquella.

-Los testigos que después se expresan; y el infrascrito Notario Mayor del Tribunal eclesiástico Metropolitano, designados  para autorizar  con su fe este acato.

    Por el Ilmo. Sr. Secretario de Cámara y en uso de la delegación que se le ha conferido, se mandó dar lectura del mencionado Decreto de S.E.I., por el que se autoriza la instalación canónica y establecimiento en esta capital de la Congregación de Padres Redentoristas; abriendo una casa de su Instituto donde vivan en perfecta comunidad conforme a sus reglas y constituciones, con todos los privilegios y exenciones que por ellos y por derecho les corresponden y con las obligaciones y cargos que se les imponen en las mismas.

    Que dicha instalación ha de tener lugar en un edificio contiguo y en parte adosado el referido templo, propio del muy ilustre Don José Toledo y Muñoz y con el fin de que puedan llevar de una manera la más cumplida su Evangélica Misión, S.E.I.  les concede así mismo el uso perpetuo y libre de la expresada iglesia… por sí y en nombre de sus sucesores, bajo las condiciones estatuidas en su mencionado Decreto, con su sacristía, habitaciones adyacentes, entradas, salidas, costumbres y servidumbre, con sus altares, retablos, imágenes, pinturas, alhajas, ornamentos, vasos sagrados y todo cuanto pertenece al ornato, culto y servicio de la misma.

    Enterado de todo ello, el Reverendo Padre Victor Loyodice  y después de manifestar su gratitud a S.E.I., por sí y en nombre de la Congregación que representa y va a presidir en esta ciudad.

    Dijo: Que aceptaba y acepto con el mayor reconocimiento todas y cada una de las bases contenidas en el referido Decreto, obligándose a guardarlas y cumplirlas en toda forma y tiempo, y en su virtud estaba pronto de dicha iglesia, sacristía, habitaciones adyacentes, imágenes, altares, pinturas, ornamentos, vasos sagrados, ropas y demás objetos destinados al ornato y servicio de la misma; a conservarlos en el mejor estado y hacer las mejores y reformas que están en sus atribuciones y permitan los recursos con que cuenta y en lo sucesivo pueda contar la comunidad de su cargo.

    En virtud de esta manifestación se procedió a formalizar el Inventario (Apéndice I) que corre adjunto, y terminado y habiéndose dado dicho Reverendo Padre por entregado a su completa satisfacción cuantos objetos se contienen en el mismo, se declaró canónicamente instalada y constituida la Congregación en dicha casa e iglesia y sus dependencias, y por terminadas estas diligencias, acordándose levantar la presente Acta que firman los señores concurrentes con los testigos invitados al efecto, que los fueron los señores Don José Toledo y Muñoz, propietario, teniente de Hermano Mayor de la Real Maestranza de Caballería de esta ciudad; Doctor Don José María de los Reyes y García, presbítero, beneficiado de la santa iglesia catedral y secretario del Ilmo. Cabildo Metropolitano, Doctor Don Leopoldo Eguilar Yanguas, abogado del Ilustre Colegio de esta capital y catedrático de la Universidad Literaria y el licenciado Don  Antonio Quiles, abogado de los tribunales de la Nación  y de dicho Ilustre Colegio; de todo lo cual yo el Notario certifico y doy fe.

Firmas: Antonio Sánchez Arce. José María de los Reyes y García. Victor Loyodice. Ldo. Manuel María Henares y otros.

 

Comunicación del acto de entrega a Don José Toledo.

    El 2 de septiembre el Arzobispo Monzón le envía a Don José Toledo una copia del Acta de Entrega de la iglesia, con su sacristía y habitaciones adyacentes, a los Padres Redentoristas. El objeto era que Toledo conservara entre sus papeles más preciados, este interesante documento, en el que  también Monzón lo distingue en términos que le demuestran profundo afecto, al mismo tiempo que lo bendice junto a su familia.

    A los cuatro días Don José Toledo acusa recibo y muestras su gratitud.

 

Aclaratorias de los Padres Redentorista.

    Cuando ya  actuaba como Superior de la residencia de los Padres Redentoristas en Granada el Padre Loyodice se dirige a Monzón, por encargo del Padre Visitador de los mismos en España, que a su vez había consultado al Reverendo Padre Superior General; exponiéndole que ya que ambos creían que era conveniente que se expusieran algunas observaciones con el fin de que se modificaran y aclararan algunos puntos en un rescripto adicional al Decreto de donación, ya que con el tiempo pudieran causar disgustos o dificultades:

  1. En el Decreto, el Arzobispo había hecho constar su gratitud por los buenos servicio prestados por la Congregación de Misioneros del Santísimo Redentor cuando estuvieron en Alhama, tanto a los fieles como al mismo Prelado en la Santa Visita Pastoral que se llevó a efecto por esas fechas, y se añadía y por los que adelante esperamos que Nos seguirán prestando.

    Según Loyodice de la última expresión se puede deducir una obligación o conveniencia admitida y aceptada por los Redentoristas, cuando esto es opuesto a las prácticas de la Congregación y al fin principal de la misma. El haberse hecho esto mismo una vez sola en nuestra anterior permanencia en este Arzobispado, fue exclusivamente en obsequio personal al Sr. Arzobispo.

  1. En el Decreto se indicaba la forma en que había de hacerse la devolución de iglesia, dependencias y objetos en caso de que los Redentoristas se marcharan.

    Loyodice manifiesta que tal como están expresadas estas palabras, pudierase entender que indican desconfianza  de la buena fe y aquidad de los Padres en el caso supuesto y en más de una ocasión pudieran causar dudas, perplejidades y en último sansabores y disgustos, sea por no saberse claramente la intención de los donantes, sea por no poder presentar los padres documentos fehacientes de la referida intención y procedencia de los objetos. La idea podría ser que la devolución de los objetos entrados en la iglesia después de la instalación, se debía dejar plenamente a la conciencia de los Padres y al modo que ellos usasen en casos análogos, sin que se les moleste por nadie en cuanto a este punto.

  1. En otro punto del Decreto se deja expresada la condición de que si los Padres tuviesen que dejar la iglesia por causa de una revolución o por fuerza mayor, éstos conservarían el derecho a volver a ella por espacio de dos años.

    Propone Loyodice que al conceder ese plazo, se quiere entender que los dos años son a contar desde pasado el tiempo de la revolución. Pero como esto no se expresa claramente, se suplica al Sr. Arzobispo  se digne decretarlo así en el referido rescripto, ya que se podría prolongar la revolución más de dos años, como ya había sucedido. Y en este caso quedarían los Padres sin culpa suya, privados de este derecho que tan generosamente se les ha concedido.

    Tras dos meses, el 22 de enero siguiente, por orden de Monzón, su secretario Antonio Sánchez Arce emite una respuesta, accediendo a lo que el Superior granadino había propuesto. Respecto al 1º punto indica que nunca fue la intención imponer a los Padres Redentoristas como carga y obligación rigurosa acompañar al Prelado en la Santa Visita Pastoral, sino que con las expresiones que se habían emitido, sólo que quería expresar la gratitud por los servicios que prestaron los Redentoristas en otro tiempo y mostrar el mero deseo de que vuelvan a prestarlos según su posibilidad y buena voluntad.

    Respecto al 2º punto, se emite la aclaración de que en caso de que se abandone la iglesia, dependencias y objetos que no sean de la Congregación, debe entenderse que el sentido de la clasificación y determinación de los objetos quede enteramente a la rectitud y conciencia de los Padres.

    Respecto al 3º punto, que abordaba el tema de los dos años de plazo para volver a la iglesia en caso de tener que abandonarla por una revolución, debe entenderse que después que éste cese, aunque se ruega a los Padres que aún antes de expirar dicho plazo vuelvan al uso y servicio de la iglesia, alguno o algunos de ellos, desde el momento en que puedan residir aquí con seguridad  y sin peligro.

    Este expediente se unió al decreto que los motivó, para que se cumplieran los fines oportunos.

 

APENDICE I. 

Inventario General de la iglesia de San Juan de los Reyes de esta Ciudad, formado en cumplimiento de lo mandado por el Excmo. e Ilmo. Sor. Arzobispo en su Decreto de veinte del mes actual, para su entrega a la congregación de PP. Misioneros del Santísimo Redentor.

Objetos de Plata.

-Un cáliz con su patena y cucharillas, liso de peso como de libre y diez onzas.

-Otro cáliz con patena y cucharillas ligeramente labrado, de peso como de libra y media.

-Dos cruces de plata pertenecientes a dos imágenes de San juan, pesando las dos como media libra.

-Una diadema de San juan.

-Otra de San José y otra del niño Jesús.

-Un copón de plata con tapadera e hijuela.

-Una llave del Sagrario con peso de tres onzas.

-Una diadema y corona de espinas pequeñas del Crucifijo del Altar Mayor.

-Tres clavos y corona de espinas de la Virgen de los Dolores.

Objetos de metal.

-Seis candeleros de cobre como de media vara y pie triangular con arandelas de hoja de lata.

-Dos pequeños con id.

-Dos bujías.

-Ocho candeleros como de media vara y pie redondo, con arandelas de hoja de lata, donado por Doña Dolores Vázquez.

-Una cajita para la llave del Sagrario.

-Un platillo de vinajeras.

-Tres lámparas de azófar completas.

-Otras sin cadenas.

-Una bacinilla para la limosna de misas.

-Cinco campanillas.

-Una campana grande en la torre.

-Otra mediana en id.

-Otra más pequeña en id: todas en buen estado.

-Un atril nuevo para la misa.

-Dos lámparas grandes del altar de la Virgen de los Favores, nuevas. Donadas por Doña Dolores Vázquez.

Ornamentos.

Blanco.

-Una casulla de damasco lisa con galones de seda, nueva, completa.

-Otra con ramos de seda y galón de lo mismo, mediadas, completa.

-Otra rameada con galón dorado, mediada, completa.

-Otra de seda con rayitas negras, galón dorado, en buen estado completa.

-Otra de seda con fondo azul, galón dorado plateado, nueva, completa.

-Un capillo para el copón rameado con flores, nuevo.

-Dos frontales rameados en mal uso.

-Un paño de estandarte con listas encarnadas y fleco, mediado.

-Una colcha inservible.

Encarnado.

-Una casulla de damasco lisa, galón dorado, mediada, completa.

-Otra id de damasco, lisa, galón de seda, en buen uso, completa.

-Otra casulla lisa, galón de seda, nueva, completa.

-Otra rameada, con el falsillo de terciopelo y bordada de oro y figuras también bordadas de seda, galón de seda, en buen uso, completa.

-Una colcha de damasco, mediada.

-Otra id de damasco, pequeña inservible.

-Otra de seda, también inservible.

Negro.

-Una casulla de seda con galón falso de plata, mediada, completa.

-Otra de damasco con galón de seda en buen estado, completa.

-Una colcha negra con galón de seda y forro de percalina, mediada.

-Un sudario grande de terciopelo con galón dorado, mediado.

-Otro más pequeño de veludillo, en mal estado.

Morado.

-Una casulla de terciopelo con galón de puntilla de plata en buen uso, completa.

-Otra de damasco con galón de seda, en buen estado, completa.

-Dos atrileras con galón de seda, mediadas.

-Tres cortinas estrechas para cubrir altares.

-Otra grande en buen uso.

-Varios pedazos para cubrir cruces.

-Un sudario pequeño de terciopelo bordado en seda blanca, mediado.

Verde.

-Una casulla de damasco con galón de seda en buen estado, completa.

-Un palio de color verde morado con nueve campanillas de cobre, con sus varas forradas de oja de lata.

Ropa blanca.

-Un alba con randas como de vara con fiador, mediada.

-Otra id con randa como de media vara, con fiador, en buen uso.

-Otra id con randa de a cuarta, con fiador, en buen uso.

-Otra id con randa de a cuarta, con fiador, id.

-Otra id con randa de cuatro dedos, sin fiador, en mal estado.

-Ocho amitos con cintas en buen uso.

-Seis pares de corporales, en buen uso.

-Una hoja de corporal para las custodias.

-Diez y ocho purificadores, en buen uso.

-Ocho manteles con encajes, en buen uso.

-Cinco lienzos para los altares.

-Tres randas con visos, en buen estado.

-Otra randa en mal estado.

-Dos paños para el comulgatorio en buen estado.

-Tres cubrealtares en buen estado.

-Cuatro cíngulos de cordón en buen estado.

-Dos id de seda morada, en buen estado.

-Uno de cinta blanca, en buen uso.

-Otro de cinta encarnada, id.

Imágenes.

-Nuestra Señora de los Favores, de talla, como de vara y media, vestida, de mérito regular.

-Un San José de talla, como de una vara, de poco mérito.

-San juan de talla, como de una vara, de poco mérito.

-San Joaquín con la Virgen en los brazos, como de una vara, de mérito regular.

-Jesús crucificado, de talla tamaño natural, de mérito artístico.

-Santa Ama, la Virgen y el niño Jesús, también de talla muy antigua, de ningún mérito.

-Un Señor crucificado de Ánimas, con la Virgen y San Juan a los lados, de talla como de una vara, de poco mérito.

-Nuestra Señora de la Soledad, de tamaño natural, su actitud de rodillas, muy antigua, de mérito artístico.

-Un crucifijo para el altar mayor, como de media vara, de mérito regular.

-Dos Ánimas Benditas.

-Un crucifijo pequeño de barro, para el pulpito.

-San Juan Bautista de bronce, en su urna, como de una tercia, de mérito artístico.

Cuadros.

-Una Purísima en lienzo como de dos varas de largo y proporcional de ancho, marco de madera.

-Jesús crucificado, lienzo de vara y media de largo y proporcional de ancho, marco de madera dorado.

-San Gregorio celebrando, como de cinco cuartas de largo y ancho proporcional, marco negro.

-Cuatro cuadros que representan la Encarnación, San José en su taller, la Presentación y Jesús discutiendo con los Doctores, apaisado, con marco dorado antiguo.

-San Juan Bautista, como de dos varas de largo y proporcional de ancho, marco blanco y dorado.

-Santa María Magdalena, como de dos varas de largo y proporcional de ancho, marco de color de Corinto.

-Seis cuadros como de tercia, con marco negro que representan San Pedro, San Elías, San Ildefonso, una aparición del Salvador, un religioso y otro que parece un San Agustín.

-Nuestro Salvador con la Cruz a cuestas, de medio cuerpo natural, como de una vara cuadrada, con marco dorado.

-La Anunciación, como de vara y cuarto proporcional de ancho, embutido en el retablo de la Virgen de los Dolores.

-San Bernardo, la Virgen, el Niño y un ángel, formando un grupo de medio cuerpo de tamaño natural, como de dos varas de ancho y proporcional de largo, con marco ancho de madera con filete dorado.

-Santa Gertrudis la Magna, de medio cuerpo, tamaño natural, con marco de madera de filo dorado.

-Jesús crucificado, tamaño natural, como de dos varas y media de largo y proporcional de ancho, con marco estrecho color amarillo.

-Un cuadro que representa el Triunfo de María, de tres varas de ancho y dos de largo, apaisado, con marco de madera filete dorado.

-Santiago, de una vara de largo y proporcional de ancho, marco dorado.

-Una Purísima, tamaño natural, como de tres varas de largo y proporcional de ancho, marco de madera negra.

-El Señor sostenido por un ángel, como de tamaño natural de vara y media de largo y proporcional de ancho, marco con filo dorado.

-San Alovino saliendo de la tumba, como de dos varas y cuarta de ancho y proporcional de alto, apaisado, marco con filo dorado.

-El Descendimiento de la Cruz, apaisado, cerca de dos varas de ancho y proporcional de alto, antiguo: Dicen fue traído por los Reyes Católicos cuando entraron por primera vez en esta Ciudad, el 6 de enero de 1492 y se dirigieron a la Iglesia de San Juan, entonces mezquita, erigida después en parroquia por Fr. Hernando de Talavera.

-Otro Descendimiento, apaisado, cerca de dos varas de ancho y proporcional de alto, marco dorado, escuela moderna, regalo de D. José Palomo.

-La Virgen de los Dolores, tamaño natural, de medio cuerpo, está embutido en el retablo del Señor de la Salud, como de vara y cuarta de largo y proporcional de ancho, forma ovalada.

-Catorce cuadritos pequeños del vio crucis, algunos en mal estado.

-Cinco cuadros de indulgencias, en mal estado.

-Dos juegos de sacra forradas de papel dorado.

-Una sacra para el medio del altar, el mal uso.

-Diez y siete cornucopias, algunas rotas y cinco sin espejo.

-Cuatro espejos como de tres cuartas de largo y proporcional de ancho, uno rota la luna, tres en coronación y otro sin ella, dorados.

-Dos espejos grandes en la capilla mayor, embutidos en unos retablos blancos y dorados, uno de ellos con la luna rota.

-Cinco escudos emblemas del Santísimo, dorados, en buen uso.

Objetos de madera.

-Una cajonera con diez cajones, como de cuatro varas de largo, pintadas de azul, con dos tarimas al pie.

-Una mesa de pino como de dos varas de largo, forma antigua.

-Una tablilla para la capilla de rezar.

-Dos taquillas en la pared con puerta y llaves.

-Tres banquetas de dos varas de largo.

-Un confidente de enea, viajo.

-Una tablilla de Ánimas.

-Una caja de madera para las hostias.

-Una tabla de memorias.

-Una cruz negra para los oficios.

Iglesia.

-Un tabernáculo con cuatro cortinas de tafetán para manifestar, una repisa para la custodia y catorce cubillos de metal, el frontal del altar también de madera.

-Dos mesas de pie aguja labradas con dorados.

-Una mesa más ordinaria con travesaños de hierro.

-Dos ciriales plateados, viejos.

-Dos arcones grandes y uno mediano con sus tapas.

-Nueve escaños grandes como de tres varas.

-Dos confesonarios en buen estado.

-Dos atriles de altar.

-Cuatro atriles para los misales.

-Un pulpito de barandilla con su tornavoz, todo dorado y sus escaleras, en buen estado.

-Una escalinata para subir al tabernáculo.

-Un retablo de madera dorado con frontal de piedra.

-Otro retablo  con dos columnas imitando a piedra y frontal de madera.

-Una mesa viaja donde está el grupo de Santa Ana.

-Otro retablo pequeño antiguo dorado, frontal de madera.

-Un altar sencillo forrado de papel blanco.

-Una verja grande en la capilla del bautismo.

-Una mesa inservible.

-Una escalera larga.

-Seis hacheros negros de vara y cuarta de largo.

-Una mesa de altar portátil.

-Un órgano completo con su banqueta en buen estado.

-Un retablo pequeño dorado y verde junto a la capilla de los Favores.

-Un retablo blanco imitación de mármol con cubillos y frontal de madera.

-Dos candeleros blancos como de una vara de alto.

-Cuatro más pequeños también blancos.

-Dos cruces blancas, como de una vara.

-Seis candeleros plateados viejos.

-Otros seis azules viejos.

-Otros cuatro azules y blancos, de media vara.

-Ocho hacheros azules de pared.

-Dos bastidores para milagros.

-Un monumento de siete gradas con barandas y cubillos.

-Una mesa para el aprisco con su cajón.

-Una urna dorada con su caja de madera, en buen estado.

-Un sagrario blanco para la Semana Santa, en buen estado.

-Un velero para los oficios de Semana Santa.

-Un hachero para el cirio pascuaql.

-Cinco cepos.

-Doce varas para faroles.

-Tres cajas grandes, una en mal estado.

-Un toallero.

Hoja de lata y hierro.

-Doce pies azules y pajizos para flores.

-Cuatro lámparas regulares con sus lamparines.

-Un hostiario.

-Un guión roto.

-Una cruz para el estandarte.

-Una vara para el comulgatorio con sus pies correspondientes.

-Dos barandillas de Capilla Mayor con sus perinolas de metal.

-Un formón y unas tijeras.

-Tres varas de cortina con sus cretonas viejas.

Flores.

-Seis ramos grandes con sus floreros de vidrio en mal estado.

-Seis ramos en buen estado con sus pies de china.

-Cuatro ramos en mal estado.

-Un tabaque de jebe en mal estado.

-Diez ramos viejos con sus pies de barro.

-Otros cuatro también viejos con sus pies de madera.

-Otros cuatro de hoja de lata viejo.

-Seis ramos de cartulina con pies de hierro.

Objetos varios.

-Seis arañas de cristal de seis brazos cada una.

-Otra id con ocho brazos, todas en buen estado.

-Dos misales en buen estado  y tres bastatetes usados.

-Una manguilla de ánimas de veludillo con su armazón incompleto.

-Dos alfombras viajas para los altares.

-Dos esteras de junco pequeñas viejas y una grande viaja también.

-Un esterado para media iglesia bastante usado.

-Otro para la sacristía muy viejo.

-Una pila de bautismo grande con su tapa de madera.

-Dos pilas de agua bendita, una rota.

-Una pila de piedra con su grifo de metal en la sacristía.

-Una lámina de cobre con la efigie de Señor para gravar estampas.

-Dos cojines muy viejos.

-Veintidós llaves de hierro.

Edificios y terrenos adyacentes a la Iglesia de San Juan de los Reyes.

-La casa sacristía de la Iglesia pisa toda exclusivamente sobre dicha sacristía. Esta tiene una extensión superficial en lo que se llama luz de treinta y nueve metros cuadrados y quinientas cincuenta y dos milímetros.

-El patio de dicha casa sacristía con la extensión superficial de luz, ciento veintiún metros cuadrados y setecientos diez y ocho milímetros. Tiene tres puertas, una que comunica con la torre, otra con la callejuela situada al oriente de dicho patio y otra con la sacristía de la Iglesia. Dicho patio está cercado de tapias en la parte que no está limitada por la casa de Don José Toledo, por la casa de la sacristía y por los muros de la iglesia. Las luces que disfruta la mencionada casa de la sacristía las recibe de la calle de San Juan.

Nota: El antiguo edificio sobre el que ha levantado el actual nuevo Don José Toledo, recibía por dos ventanas, otras tantas luces del patio de la casa sacristía.

 

En cuyos términos se dio por terminado el presente inventario que firmarán el Sr. Don José María Ayala por su entrega y el Rdo. Padre Víctor Loyodice por su recibo de todo lo cual también certifico y doy fe. Granada veintisiete de junio de mil ochocientos setenta y nueve.

D. Antonio Sánchez Arce.              Ldo. Manuel Mª Henares.

Víctor Loyodice          Juan María Ayala

 

 

[1] Fundación de los Redentoristas. 1878.  Archivo Histórico Diocesano de Granada. Legajos de Religiosos. Caja 92 R.

También hemos visto: HIDALGO LÓPEZ, CSsR, P. Jesús: 100 años bajo la mirada del Perpetuo Socorro. Granada. Asociación de Antiguos Alumnos Redentorista. 2014. GUERRERO CANO, Mª Magdalena: Conflictividad religiosa y política en Granada (1862-1885). Granada. Universidad de Granada. 2006.

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Quién es la profesora Dª. Magdalena  Guerrero Cano

Profesiora Titular de la Universidad de Granada. Departamento de Historia Modenar y de América.

Doctora en Historia

Líneas de investigación
HISTORIA DE LAS ANTILLAS EN LA ÉPOCA ESPAÑOLA, HISTORIA DE AMÉRICA COLONIAL, SIGLO XIX, HISTORIA DE ESPAÑA, VIDA COTIDIANA.

 

.... Otras muchas publicaciones, artículos libros, etc.

 

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